Gestión de Licencias Especiales
Consulta los requisitos e instructivos según el tipo de licencia a tramitar
Licencia Art. 114.i.2.1
Unidad Familiar o Cuidado de Familiar a Cargo
«Personal titular y provisional (este último mientras dure su situación de revista como tal), cuando el docente tenga a su cargo al cónyuge, cónyuge aparente o a parientes directos que sufran enfermedad o que sufran disminución o impedimento físico o psíquico que limite o anule su capacidad para obrar por sí mismo, constituyendo el docente su única compañía, y pudiendo éste probar que por dicha situación no puede prestar sus servicios, se otorgará licencia por cuidado de familiar a cargo, sin goce de haberes hasta un máximo de 2 años en toda su carrera docente.»
En casos en que las circunstancias lo aconsejen, podrá concederse excepcionalmente.
🔄 Procedimiento a Seguir
Solicitud del Docente
La/el docente deberá solicitar la licencia al Equipo de Conducción de su establecimiento presentando el formulario y la documentación correspondiente. Se debe completar un formulario por cada establecimiento educativo donde se solicite.
Gestión de Inspección e Informe
Cada Equipo de Conducción enviará el pedido al Inspector de Nivel para elevarlo a Sede de Inspectores (Área de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social), quienes realizarán el informe socio-ambiental correspondiente. (Un solo informe es válido para todas las escuelas donde solicite la licencia).
Envío Digital a SAD
Reunida toda la documentación, el equipo de conducción de cada escuela la remitirá al correo sad004@abc.gob.ar en UN SOLO archivo en formato PDF para caratular el expediente.
📋 Documentación Requerida
- Formulario de Solicitud: Debe detallar el tiempo de duración exacto y aclarar si es con o sin goce de haberes. Debe estar firmado por la autoridad competente del establecimiento y/o de la Secretaría de Asuntos Docentes o Consejo Escolar. Presentar uno por cada escuela.
- Certificado Médico (Original o Copia Autenticada): Actual y legible, especificando enfermedad, impedimento y necesidad de cuidados por parte del docente.
- Informe Socio-ambiental Digital: Confeccionado por el Orientador del distrito y firmado por el Inspector de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.
- Acreditación de Vínculo: Documentación legal que pruebe el parentesco.
- Ingresos del Grupo Conviviente: Copia autenticada de recibos de sueldo o DDJJ.
- Gastos Derivados de la Enfermedad: Comprobantes de egresos (alquiler, tratamiento, medicamentos, etc.).
Licencia por Violencia de Género
Ley N° 14.893 y Decreto Reglamentario N° 121/20
«Establécese la ‘Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia’ destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires. Concedida hasta por un plazo de 35 días por año calendario (continuos o alternados) con goce de haberes, prorrogables por un período equivalente previo informe del Equipo Interdisciplinario.»
Garantiza la reserva, confidencialidad y la no afectación del desarrollo de la carrera administrativa ni del haber salarial.
🔄 Procedimiento y Plazos de Tramitación
Solicitud de la Licencia
La trabajadora (o un tercero en caso de imposibilidad) solicita la licencia ante la autoridad de su establecimiento educativo o sede administrativa. Puede aplicarse para jornadas completas o permisos de flexibilidad horaria.
Acreditación de Constancia / Denuncia
Dispone de 5 días hábiles posteriores a la solicitud (prorrogables por 3 días más por fuerza mayor) para presentar la denuncia o certificación correspondiente.
Informe del Equipo Interdisciplinario y Trata Reservada
El Equipo Interdisciplinario emite informe dentro de las 48 horas. Se tramita bajo estricta reserva para proteger la intimidad y seguridad de la solicitante.
📋 Documentación y Medios Probatorios Idóneos
- Formulario Oficial de Solicitud (114M11VG): Completado y firmado por la solicitante y la autoridad del establecimiento o dependencia. Indica si es trámite inicial o prórroga.
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Constancia Probatoria (Al menos una de las siguientes opciones – Art. 5 Dec. 121/20):
- Denuncia Policial (Comisaría de la Mujer o Comisaría de la Jurisdicción).
- Denuncia judicial mediante la app del Ministerio Público Fiscal o Fiscalía.
- Oficio judicial o trámite en Receptoría donde consten medidas de protección.
- Certificados de atención en Secretarías / Direcciones de Género Municipales.
- Certificados de Salud pública (precario médico, atención psicológica/psiquiátrica).
- Informes de los Equipos Especializados de la DGCyE o Defensoría del Pueblo.
Si estás atravesando una situación de violencia por razones de género o conocés a alguien que la esté pasando, podés llamar gratuitamente a la Línea 144 (las 24 horas) o acercarte a la Secretaría de Género de tu municipio.
