Área Docentes y Auxiliares / Licencias

Gestión de Licencias Especiales

Consulta los requisitos e instructivos según el tipo de licencia a tramitar

Estatuto Docente (Ley 10579)

Licencia Art. 114.i.2.1

Unidad Familiar o Cuidado de Familiar a Cargo

📜 Estatuto Docente – Ley 10579 (Art. 114.i.2.1)
«Personal titular y provisional (este último mientras dure su situación de revista como tal), cuando el docente tenga a su cargo al cónyuge, cónyuge aparente o a parientes directos que sufran enfermedad o que sufran disminución o impedimento físico o psíquico que limite o anule su capacidad para obrar por sí mismo, constituyendo el docente su única compañía, y pudiendo éste probar que por dicha situación no puede prestar sus servicios, se otorgará licencia por cuidado de familiar a cargo, sin goce de haberes hasta un máximo de 2 años en toda su carrera docente.»

En casos en que las circunstancias lo aconsejen, podrá concederse excepcionalmente.

🔄 Procedimiento a Seguir

1

Solicitud del Docente

La/el docente deberá solicitar la licencia al Equipo de Conducción de su establecimiento presentando el formulario y la documentación correspondiente. Se debe completar un formulario por cada establecimiento educativo donde se solicite.

2

Gestión de Inspección e Informe

Cada Equipo de Conducción enviará el pedido al Inspector de Nivel para elevarlo a Sede de Inspectores (Área de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social), quienes realizarán el informe socio-ambiental correspondiente. (Un solo informe es válido para todas las escuelas donde solicite la licencia).

3

Envío Digital a SAD

Reunida toda la documentación, el equipo de conducción de cada escuela la remitirá al correo sad004@abc.gob.ar en UN SOLO archivo en formato PDF para caratular el expediente.

📋 Documentación Requerida

⚠️ Importante: Toda la documentación debe integrarse en un único archivo PDF para la elevación institucional.
  • Formulario de Solicitud: Debe detallar el tiempo de duración exacto y aclarar si es con o sin goce de haberes. Debe estar firmado por la autoridad competente del establecimiento y/o de la Secretaría de Asuntos Docentes o Consejo Escolar. Presentar uno por cada escuela.
  • Certificado Médico (Original o Copia Autenticada): Actual y legible, especificando enfermedad, impedimento y necesidad de cuidados por parte del docente.
  • Informe Socio-ambiental Digital: Confeccionado por el Orientador del distrito y firmado por el Inspector de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.
  • Acreditación de Vínculo: Documentación legal que pruebe el parentesco.
  • Ingresos del Grupo Conviviente: Copia autenticada de recibos de sueldo o DDJJ.
  • Gastos Derivados de la Enfermedad: Comprobantes de egresos (alquiler, tratamiento, medicamentos, etc.).
⚠️ Observación (Cargos Jerárquicos): En caso de desempeñarse en un cargo jerárquico y aplicarse el Art. 75º del Dec. Nº 2485/92, adjuntar copia autenticada de las Disposiciones correspondientes.

Personal Docente, Auxiliar y Administrativo / Ley Provincial

Licencia por Violencia de Género

Ley N° 14.893 y Decreto Reglamentario N° 121/20

📜 Marco Legal – Ley N° 14.893 / Dec. N° 121/20
«Establécese la ‘Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia’ destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires[cite: 8]. Concedida hasta por un plazo de 35 días por año calendario (continuos o alternados) con goce de haberes[cite: 6, 7, 9], prorrogables por un período equivalente previo informe del Equipo Interdisciplinario[cite: 7].»

Garantiza la reserva, confidencialidad y la no afectación del desarrollo de la carrera administrativa ni del haber salarial[cite: 7, 8].

🔄 Procedimiento y Plazos de Tramitación

1

Solicitud de la Licencia

La trabajadora (o un tercero en caso de imposibilidad) solicita la licencia ante la autoridad de su establecimiento educativo o sede administrativa[cite: 6, 7, 9]. Puede aplicarse para jornadas completas o permisos de flexibilidad horaria[cite: 7].

2

Acreditación de Constancia / Denuncia

Dispone de 5 días hábiles posteriores a la solicitud (prorrogables por 3 días más por fuerza mayor) para presentar la denuncia o certificación correspondiente[cite: 7].

3

Informe del Equipo Interdisciplinario y Trata Reservada

El Equipo Interdisciplinario emite informe dentro de las 48 horas[cite: 7]. Se tramita bajo estricta reserva para proteger la intimidad y seguridad de la solicitante[cite: 5, 7].

📋 Documentación y Medios Probatorios Idóneos

⚠️ Importante: Se aceptan fotocopias de los originales[cite: 6, 9]. Todas las actuaciones tienen carácter confidencial[cite: 7].
  • Formulario Oficial de Solicitud (114M11VG): Completado y firmado por la solicitante y la autoridad del establecimiento o dependencia[cite: 6, 9]. Indica si es trámite inicial o prórroga[cite: 6, 9].
  • Constancia Probatoria (Al menos una de las siguientes opciones – Art. 5 Dec. 121/20):[cite: 6, 7, 9]
    • Denuncia Policial (Comisaría de la Mujer o Comisaría de la Jurisdicción)[cite: 6, 9].
    • Denuncia judicial mediante la app del Ministerio Público Fiscal o Fiscalía[cite: 6, 9].
    • Oficio judicial o trámite en Receptoría donde consten medidas de protección[cite: 6, 9].
    • Certificados de atención en Secretarías / Direcciones de Género Municipales[cite: 6, 9].
    • Certificados de Salud pública (precario médico, atención psicológica/psiquiátrica)[cite: 6, 9].
    • Informes de los Equipos Especializados de la DGCyE o Defensoría del Pueblo[cite: 6, 9].
💜 Asistencia y Contención:
Si estás atravesando una situación de violencia por razones de género o conocés a alguien que la esté pasando, podés llamar gratuitamente a la Línea 144 (las 24 horas) o acercarte a la Secretaría de Género de tu municipio[cite: 6, 9].
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